Formación bonificada

FORMACIÓN BONIFICADA EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

 

formación bonificadaEs gratuita para los trabajadores que coticen por la contingencia de Formación Profesional, y bonificable para las empresas.

¿Qué son las acciones de formación bonificada?

Son aquellas acciones de formación cuya ejecución se planifica, organiza y gestiona por las empresas para sus trabajadores. Se regulan en la Orden TAS/2307/2007 que pone en marcha un nuevo modelo de Formación Continua, cuya finalidad es proporcionar a los trabajadores ocupados, la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral.

El nuevo modelo propicia que sean las empresas quienes elijan directamente a sus proveedores de formación, pudiendo contratar los cursos que decidan, directamente a empresas especialistas de formación.

¿De cuánto dinero dispongo para formación?

El importe depende de la cuantía ingresada por cada empresa (el año anterior al que se va a realizar la formación), en concepto de cuota de formación profesional. A esta cantidad se le aplica un porcentaje que anualmente se establece. Podemos calcularlo de modo telemático a través de la aplicación existente al efecto, si se incorpora a nuestro Plan de Formación.

Si no utiliza el crédito que tiene este año: lo perderá, no es acumulable.

¿Cómo puedo obtener este crédito?

Ya lo tiene,  no necesita realizar ninguna gestión. Se puede bonificar en el TC2 el gasto por su “Crédito de Formación” a partir del mes de finalización de la formación y en todo caso antes del mes de diciembre del año en que la ha realizado.

¿Qué cursos puedo realizar?

Realizamos “formación bajo demanda”, es decir la que considere más apropiada para sus necesidades, disponemos de una oferta que abarca la mayoría de los sectores de actividad. La cantidad de cursos depende de su crédito, de los alumnos a formar, de la duración de cada curso y de su modalidad.

¿Qué debo tener muy en cuenta?

Debe existir relación entre la formación y el puesto de trabajo.

Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.

Informar a la representación legal de los trabajadores, si la hubiere.

Conservar toda la documentación necesaria para la justificación económica y técnica de las acciones formativas en las que participe.

 Abonar las facturas de la formación antes de bonificarlas.

 


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